España regula el Registro de producción y gestión de residuos para mejorar la trazabilidad en todo el territorio

España regula el Registro de producción y gestión de residuos para mejorar la trazabilidad en todo el territorio

El nuevo real decreto armoniza el Registro de producción y gestión de residuos, refuerza la trazabilidad y mejora la coordinación entre administraciones.

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España contará con un marco común para ordenar y armonizar la información del Registro de producción y gestión de residuos, la herramienta nacional que reúne las autorizaciones y comunicaciones de productores, gestores, transportistas, agentes, negociantes y otros operadores del sector.

El nuevo real decreto desarrolla las previsiones de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular y concreta la estructura, contenido y gestión de un registro que ya se encuentra operativo y acumula más de 450.000 inscripciones. Su objetivo es mejorar la coordinación entre administraciones, reforzar la trazabilidad de los residuos y facilitar las tareas de inspección, vigilancia y control.

El Registro seguirá siendo único y compartido para todo el territorio nacional, aunque las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla serán responsables de incorporar las comunicaciones previas y autorizaciones correspondientes a los operadores de su ámbito territorial. La información se organizará en tres niveles jerarquizados: entidad, centro e inscripción.

Las entidades se identificarán mediante su NIF, mientras que cada centro dispondrá de un Número de Identificación Medio Ambiental, NIMA. A estos centros se vincularán las autorizaciones y comunicaciones correspondientes a su actividad, incluyendo datos sobre operaciones de tratamiento, códigos LER de residuos, capacidades máximas de tratamiento, garantías financieras y localización de las instalaciones.

La norma también contempla la incorporación de información sobre sistemas individuales y colectivos de responsabilidad ampliada del productor, instalaciones móviles de tratamiento, plataformas logísticas relacionadas con la logística inversa y determinadas operaciones de valorización y eliminación. Para productores de residuos no peligrosos que generen 1.000 toneladas anuales o menos, así como para poseedores no obligados legalmente a registrarse, la inscripción por parte de las comunidades autónomas tendrá carácter potestativo.

Otro aspecto relevante es la creación de una sección de información pública accesible electrónicamente. Una orden ministerial posterior determinará qué datos básicos podrán consultar ciudadanos y empresas, mientras que la información personal quedará protegida conforme a la normativa de protección de datos. Las administraciones, los servicios de inspección y vigilancia y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tendrán un acceso más amplio a través del Sistema electrónico de Información de Residuos, eSIR.

Las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla dispondrán de 12 meses desde la entrada en vigor del real decreto para adaptar sus bases de datos a la nueva estructura y contenido. La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. R

Fecha publicación: 01/10/2026

Autor: Gobierno de España

Fuente: RETEMA

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